Por medio de la Resolución Exenta nº 1054/2021 del DTPM, se anunció la prórroga de las ofertas presentadas en el proceso de Licitación Pública para la presentación del Servicio Complementario de Suministro de Buses para el Sistema de Transporte Público de la provincia de Santiago y las comunas de San Bernardo y Puente Alto.
Considerando, entre otros puntos, que el artículo 3.4.4.8. de las respectivas bases de licitación, sobre vigencia de las ofertas, establece lo siguiente:
“Las ofertas permanecerán vigentes por un plazo de ciento ochenta (180) días a contar de la fecha de su presentación. El Ministerio podrá, unilateralmente, prorrogar su vigencia por una sola vez, hasta por el mismo plazo, antes de su vencimiento, a través del correspondiente acto administrativo. Se entenderá que los respectivos Oferentes consienten en ello por el solo hecho de presentar tales ofertas a la licitación pública. En caso de prorrogarse unilateralmente la vigencia de las ofertas, se deberá proceder conforme al artículo 3.4.4.7.”.
Además se remarcó que actualmente el referido proceso concursal se encuentra en la etapa de adjudicación. Mediante Resolución N°52, de fecha 17 de diciembre de 2020, del MTT, se sancionó el resultado del proceso de evaluación y adjudicación de las ofertas. El referido acto administrativo hoy es objeto del trámite de toma de razón por parte de la Contraloría General de la República, por lo que a la fecha aún no se encuentra totalmente tramitado.
El documento también afirma: «Teniendo en consideración que la vigencia de las ofertas se encuentra próxima a vencer y que la resolución de adjudicación del proceso licitatorio aún no se encuentra completamente tramitada, en este acto se procederá a prorrogar unilateralmente la vigencia de las ofertas indicadas en el considerando 4° precedente».
Por tanto, se resuelve:
En primera instancia prorrogar unilateralmente la vigencia de las 23 ofertas presentadas en la licitación N° LP SB 001/2019, indicadas en el considerando 4° del presente acto administrativo, por un periodo de 180 días.
Y, en segunda instancia, requerir a los Oferentes renovar las garantías de seriedad presentadas, por un periodo de 180 días, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 3.4.4.7. de las respectivas bases de licitación.