La movilidad ciclista y en patinete eléctrico, también denominados vehículos de movilidad personal (VMP) están en auge.
Cada día más personas se animan a utilizar alguno de estos medios de transporte para acudir a sus lugares de trabajo o de estudio, y muchos otros lo hacen por motivos de ocio, o deporte, dejando patente el crecimiento experimentado en su uso durante el último año, según informó La Nueva España.
Como consecuencia de este incremento del número de personas que utilizan de forma cotidiana la bicicleta o el patinete eléctrico, el Consistorio gijonés consideró necesario regular de forma específica las normas de circulación y convivencia de estos vehículos con el resto de usuarios de las vías públicas, con el objetivo de reforzar su seguridad como usuarios vulnerables cuando circulan por la calzada mezclados con el tráfico motorizado.
Indicando igualmente las normas de obligado cumplimiento cuando circulan por las vías ciclistas o por los espacios compartidos con peatones donde se haya autorizado su paso, en éstos últimos lugares con especial consideración hacia los viandantes, que pasan así a ser lo usuarios vulnerables frente a bicicletas y patinetes.
En este punto, conviene recordar que, salvo señalización expresa, las aceras y las zonas peatonales son de uso exclusivo peatonal.
La DGT también ha aclarado una duda que ha sido motivo de infracción para muchos usuarios que usaban este tipo de vehículo.
«Los patinetes eléctricos son vehículos, deben cumplir las normas de tráfico como los demás, y tienen prohibido circular por vías interurbanas «.
Más sentido común. Los conductores no podrán ir hablando por teléfono móvil ni circular utilizando cascos o auriculares. Se trata de acciones que afectan a la atención y están castigadas con 200 euros de multa. Le corresponde a los ayuntamientos decidir si el casco es obligatorio. Si así lo hacen, el conductor que no lo llevase será multado con 200 euros y se inmovilizará el vehículo.
En los vehículos, además, solo podrá viajar una persona, y no dos, como se ve en muchas ocasiones. Quien infrinja esta norma, será multado con 100 euros.
Además, por la noche, los usuarios deberán llevar prendas o elementos reflectantes para que puedan ser vistos por el resto de los conductores. Ir sin reflectantes se considerará conducción temeraria, punible con 200 euros. En caso de que los infractores sean menores, los responsables de las sanciones serán los padres o tutores.
«Es lo normal, tiene que haber alguna regulación», indicó Aristóteles Fernández, encargado de la tienda Oviboard de Oviedo, que vende estos vehículos, y usuario él mismo.
«Normativa ya existía, pero nadie la conocía. La que sale ahora es más matizada. Se controla más la velocidad y se prohíbe que tengan asientos», añadió.