Los reguladores energéticos son instituciones independientes de los gobiernos y de las empresas, con características de especialización técnica o económica, que les permiten intervenir en la complejidad del sector energético y dar estabilidad en el largo plazo tanto a los agentes como a los consumidores.
Los alcances de los reguladores se encuentran establecidos en la regulación básica de cada país. Por ello varían de un mercado a otro, pero dado que la movilidad eléctrica conlleva un consumo específico y concreto de electricidad, sus competencias en este ámbito son acordes respecto al suministro de energía.
Los reguladores eléctricos están encargados de establecer la normativa de desarrollo de la regulación básica en el sector de la electricidad, lo que supone en la mayoría de los casos el establecimiento de la normativa técnica y económica de las actividades del sector (generación, operación del sistema y del mercado, transmisión, distribución y comercialización de electricidad), lo que incluye específicamente la normativa técnica de la recarga de los vehículos eléctricos y las tarifas de adquisición de la energía en estas recargas.
Asimismo, participan en la planificación del sector, promoviendo la electrificación y descarbonización de la economía. Por último, los reguladores eléctricos supervisan el ejercicio de estas actividades por parte de los agentes del sector.
Dicho todo esto ¿Hasta qué punto debe involucrarse el Estado?
Según André Pepitone da Nóbrega, director general y presidente de Asociación Iberoamericana de Entidades Reguladoras de la Energía (ARIAE), les corresponde fijar las políticas energética, industrial y ambiental que se considera “una herramienta relevante de impulso de estas políticas es la planificación energética”, y en ésta, generalmente participan los reguladores energéticos.
“Adicionalmente, a los Gobiernos y Parlamento les corresponde establecer la regulación básica energética, industrial y ambiental. A partir de ahí, se podría dejar espacio a los reguladores energéticos para que puedan establecer normas eficientes sobre el sector energético. Una normativa se considera eficiente cuando es capaz de cumplir los objetivos de política energética al menor coste posible”, indica a Portal Movilidad.
Por lo que agrega: “El Acuerdo de París promueve la descarbonización de la economía, una importante vía para conseguirlo es la electrificación siempre que la electricidad se genere a partir de fuentes de energía renovables, convencionales y no convencionales”.
No obstante, sostiene que todas las fuentes de energías renovables son relevantes por lo que la regulación debería ser neutra con respecto a ellas.
“El desarrollo de la tecnología con uno u otro tipo de energía debería depender de sus costes relativos. No cabe duda de que la solar fotovoltaica ha reducido en los últimos años enormemente sus costes, tanto en términos de centrales de elevada potencia como en instalaciones de generación distribuida, por lo que sus expectativas de expansión ya son una realidad”.
ARIAE constituye un foro de comunicación entre especialistas y profesionales de las entidades que la integran con el fin de promover el intercambio de experiencias y compartir el conocimiento en la regulación de los sectores de la energía, promover la armonización regulatoria, la formación y capacitación de su personal, así como propiciar la cooperación en actividades de interés común, incluso en los campos de investigación y desarrollo.
Se formó el 17 de marzo de 2000 en la ciudad de Buenos Aires, Argentina, si bien en un principio como asociación de reguladores en el ámbito de la Energía Eléctrica, aunque luego extendió su ámbito a toda la energía.
Comprende en la actualidad a 27 autoridades reguladoras energéticas de 20 países Iberoamericanos: Argentina (ENRE, ENARGAS y ADERE), Bolivia (AETN y ANH), Brasil (ANEEL y ANP), Chile (CNE y SEC), Colombia (CREG), Costa Rica (ARESEP), Cuba (ONURE), Ecuador (ANC), El Salvador (SIGET), España (CNMC), Guatemala (CNEE), Honduras (CREE), México (CRE y CNH), Nicaragua (INE), Panamá (ASEP), Perú (OSINERGMIN), Portugal (ERSE), Puerto Rico (NEPR), República Dominicana (SIE), Uruguay (URSEA) y al regulador multinacional de América Central (CRIE).