Con el anuncio del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA), las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) comienzan a ser realidad en diferentes municipios de España.
Ese es el caso de Madrid, toda la capital se transformará en una ZBE, ya que el Ayuntamiento ha puesto como fecha de caducidad para los vehículos contaminantes el 2025, momento en el que ningún vehículo sin etiqueta ambiental podrá circular por las calles de la ciudad.
Asimismo, mediante la creación de Madrid Zona de Bajas Emisiones, lo que busca la Administración es la restricción progresiva de la circulación a los vehículos más contaminantes, aquellos que no poseen distintivo ambiental, los conocidos como “A”.
Esta zona se encuentra contemplada en la denominada Ordenanza de Movilidad Sostenible (OMS) que por el momento está en fase de desarrollo.
Es que a pesar de haber sido aprobada por la Junta de Gobierno del consistorio, se podrán presentar enmiendas durante las próximas dos semanas, antes de que se lleve a comisión y Pleno para su aprobación definitiva en la primera quincena de septiembre.
Por el momento, según lo anunciado, el calendario de restricciones en la circulación de aquellos vehículos que no estén dados de alta en el padrón del IVTM del Ayuntamiento se realizará por anillos territoriales y quedará de la siguiente manera:
- Desde el 1 de enero de 2022, queda prohibido su acceso y su circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30.
- Desde el 1 de enero de 2023, queda prohibido su acceso y su circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30 y de la propia M-30.
- Desde el 1 de enero de 2024, queda prohibido su acceso y su circulación por todas las vías públicas urbanas del ámbito territorial de Madrid ZBE.
- Desde el 1 de enero de 2025, la prohibición se extiende también para los A de Madrid.
Además, se retrasará hasta el 31 de diciembre de 2022 la limitación de acceso a los vehículos de mercancías con distintivo ambiental B y de más de 3.500 kilos de peso, dando un año más de margen de lo inicialmente previsto para que se conviertan en no contaminantes.
Los cambios a tener en cuenta
Se van a crear también las Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEEP), que contarán con medidas adicionales de restricción de circulación, velocidad, creación de zonas peatonales, entre otras.
Estas son el Distrito Centro –que recibirá este nombre en sustitución del anterior Madrid Central – y la Plaza Elíptica.
Asimismo, sobre el tema de la micromovilidad dentro, las bicicletas podrán circular por túneles y los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), como los patinetes, podrán hacerlo por los llamados carriles multimodales, aquellos con una velocidad limitada a 30 km/h o inferior y siempre que no exista una prohibición expresa y se utilice iluminación y casco homologado.
La nueva ordenanza también busca regular la distancia de seguridad que los vehículos a motor han de guardar respecto a los VMP, la cual será de cinco metros si se circula tras ellos.
Asimismo, para adelantarlos hay que cambiar de carril y se permite a los VMP utilizar el carril de la rotonda que necesiten para hacerse más previsibles sin que el resto de vehículos corten su trayectoria, a su vez que han de disminuir la velocidad.