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martes 26 de septiembre de 2023
Euro 7: Los 27 rebajan la ambición climática y piden retrasar su aplicación
Los ministros e Industria de la Unión Europea han acordado este lunes pedir que se rebaje la ambición climática respecto a la propuesta de la Comisión Europea y retrasar la aplicación de la norma Euro 7 de 2025 a 2027 para los coches y vehículos ligeros y de 2027 a 2029 para los camiones.
euro 7
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El Consejo ha adoptado su posición (“orientación general”) sobre la propuesta de Reglamento sobre la homologación de vehículos de motor y motores, así como de unidades técnicas independientes, sistemas y componentes destinados a dichos vehículos, en lo que respecta a sus emisiones y la durabilidad de las baterías, más conocido como Euro 7.

El nuevo Reglamento, que incluye por primera vez turismos, furgonetas y vehículos pesados ​​en un único acto jurídico, tiene como objetivo establecer normas más adecuadas en materia de emisiones de vehículos y reducir aún más las emisiones de contaminantes atmosféricos procedentes del transporte por carretera .

Héctor Gómez Hernández, Ministro en funciones de Industria, Comercio y Turismo de España.

Héctor Gómez Hernández, Ministro en funciones de Industria, Comercio y Turismo de España.

“Europa es reconocida mundialmente por producir vehículos de alta calidad y bajas emisiones. Nuestro objetivo es continuar con nuestro compromiso de mejorar la calidad del aire . Nuestra posición es mantenernos en el camino de liderar la movilidad del futuro y adoptar estándares realistas de emisiones para los vehículos en la próxima década, y al mismo tiempo ayudar a nuestra industria a realizar el cambio definitivo hacia vehículos limpios para 2035 ”, afirmó Héctor Gómez Hernández , Ministro de Industria en funciones. , Comercio y Turismo de España.

Y añade: “La Presidencia española ha estado atenta a las distintas demandas y peticiones de los Estados miembros, y creemos que con esta propuesta hemos conseguido un amplio apoyo y un equilibrio en los costes de inversión para los fabricantes, potenciando así los beneficios medioambientales derivados del Reglamento “.

La posición del Consejo logra un equilibrio entre requisitos estrictos sobre emisiones de vehículos e inversiones adicionales para la industria, en un momento en que los fabricantes de automóviles europeos están atravesando una transformación hacia la producción de vehículos de cero emisiones .

La orientación general mantiene los límites de emisiones existentes y las condiciones de prueba aplicables a los vehículos ligeros .

En cuanto a los vehículos pesados , se reducen los límites de emisiones y se introducen ajustes mínimos en las condiciones de prueba.

Euro 7 también incluye una disposición especial para los autobuses urbanos para garantizar la alineación con el nuevo objetivo de cero emisiones propuesto para estos vehículos de aquí a 2030.

Nuevos elementos acogidos a la norma Euro 7

La Euro 7 establece límites para las emisiones distintas a las del tubo de escape, como las partículas de frenos y neumáticos.

Además, abarca requisitos mínimos de rendimiento para la durabilidad de la batería en vehículos eléctricos e impone estándares más estrictos para la vida útil de los vehículos .

El Reglamento también prevé el uso de tecnologías y herramientas avanzadas de seguimiento de emisiones.

Mandato del Consejo

El Consejo sugiere una serie de cambios prácticos a la propuesta de la Comisión, teniendo en cuenta objetivos tanto medioambientales como sanitarios. Entre otras cosas:

  1. La posición del Consejo mantiene las condiciones de prueba y los límites de emisiones existentes (según lo establecido en Euro 6) para los vehículos M1 y N1 (turismos y furgonetas privadas).
  2. Para los vehículos M2 y M3 (autobuses y autocares) y los vehículos N2 y N3 (vehículos comerciales pesados), se reducen los límites de emisiones y se realizan ajustes menores en las condiciones de prueba en comparación con las normas Euro 6/VI.
  3. El texto del Consejo refuerza la armonización de los límites de emisión de partículas procedentes de frenos y abrasión de neumáticos con las normas internacionales adoptadas por la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (CEPE).
  4. Tiene en cuenta el nuevo objetivo de cero emisiones de CO2 propuesto para los autobuses urbanos.
  5. También se establecen plazos claros para la adopción de actos de ejecución (por parte de la Comisión) para proporcionar claridad y seguridad jurídica a los agentes económicos.

La orientación general acordada hoy formaliza la posición negociadora del Consejo .

Proporciona a la Presidencia del Consejo un mandato para negociar con el Parlamento Europeo, que comenzará tan pronto como el Parlamento adopte su posición .

Contexto

El 27 de octubre de 2022, el Consejo y el Parlamento Europeo alcanzaron un acuerdo político provisional sobre normas de rendimiento de emisiones de CO2 más estrictas para los turismos y furgonetas nuevos, estableciendo el objetivo de una reducción del 100 % de las emisiones de CO2 para los turismos y furgonetas nuevos en ningún caso . después de 2035 .

Mientras la industria se prepara para esta transición, los turismos y furgonetas con motor de combustión seguirán estando disponibles en el mercado hasta 2035 .

Después de esa fecha se seguirán fabricando otros vehículos con motor de combustión interna (camiones, autobuses y otros vehículos pesados).

La propuesta de norma Euro 7 incluye normas de emisiones más apropiadas y aborda otros elementos contaminantes, al tiempo que aborda cuestiones como la abrasión de los neumáticos y la vida útil de las baterías.

Fue presentado por la Comisión el 10 de noviembre de 2022 y consolida los objetivos de emisiones tanto para vehículos de motor ligeros como pesados, que anteriormente estaban separados en dos reglamentos diferentes: el
Reglamento (CE) n.º 715/2007 para turismos y furgonetas y el Reglamento n.º 595/2009 para autobuses, camiones y otros vehículos pesados.

El Reglamento Euro 7 forma parte de la Estrategia de Movilidad Sostenible e Inteligente 2020 de la Comisión y del Plan de Acción “Contaminación Cero” 2021.

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