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miércoles 30 de marzo de 2022
La nueva Ley de Seguridad Vial presenta normativas sobre las Zonas de Bajas Emisiones
De ahora en más habrá consecuencias económicas a los infractores particulares de las normativas establecidas en la Ley de Cambio Climático y Transición Energética publicada en el 2021.
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La Ley de Cambio Climático y Transición Energética establece que los municipios españoles de más de 50.000 habitantes deban establecer zonas de bajas emisiones (ZBE).

Desde ese momento los diferentes ayuntamientos se hacen cargo de implementarlos a su medida lo que genera un problema debido a que estas no son estandarizadas a nivel nacional.

Ahora, una nueva reglamentación podría aportar a ese proceso. Se trata de la nueva Ley de Seguridad Vial que aporta un nuevo aspecto sobre estas zonas.

El anuncio lo hizo la Subdirectora Adjunta de Vehículos de la Dirección General de Tráfico, Susana Gómez.

“Desde ahora se considera como infracción grave no respetar los episodios de alta contaminación o las zonas de bajas emisiones”, sostiene.

Por primera vez, desde el Gobierno central, se aprueba una normativa que obliga al usuario respetar las directrices medioambientales. 

Las zonas de bajas emisiones también incluyen a los territorios insulares y los municipios de más de 20.000 habitantes que superen los valores límite de contaminantes regulados.

La adopción de las medidas debe suceder antes de 2023, donde además se incluyen planes de movilidad urbana sostenible para introducir medidas de mitigación y reducir las emisiones de la movilidad.

“La creación de zonas de bajas emisiones es una oportunidad, también, para reducir la siniestralidad” comenta Gómez.

Al introducirlas, solo podrán circular vehículos eléctricos o impulsados a energías cero emisiones que hace que el parque automotor se vea reducido. 

Esto también sucede dado que se apuesta por el sharing o micromovilidad eléctrica para reducir el parque automotor.

Las normativas mínimas de las ZBE

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) las estableció en las Directrices para la creación de zonas de bajas emisiones, donde se incluyen criterios en materia de calidad del aire, eficiencia energética, ruido y cambio climático.

Además, fija también el procedimiento para su implantación, una propuesta de indicadores de seguimiento y un amplio catálogo de medidas que los ayuntamientos podrán adoptar para incentivar el cambio hacia una movilidad sostenible.

Por un lado, se impulsa la eficiencia energética en los medios de transporte y contribuyendo a la disminución de la contaminación acústica en las áreas urbanas, para lo que la promoción del transporte público es esencial.

Entre otras actuaciones y medidas, destacan el objetivo del cambio modal hacia modos de transporte más sostenibles, la mejora de la red de transporte público como contenido mínimo de estas ZBE.

Se establecen planes de movilidad al trabajo fomentando el transporte público colectivo, así como la apuesta por el fomento y la mejora del transporte escolar en relación con las medidas de los centros educativos en zonas de especial protección.

Para la implementación de las ZBE se estableció una cuantía total de ayudas de 1.000 millones de euros. 

La subvención mínima a solicitar por un municipio es de 200.000 euros por cada una de las actuaciones incluidas en una solicitud, mientras que el máximo se fija en función de los habitantes del municipio.

En el caso de que la propuesta sea presentada por una agrupación de municipios o entes supramunicipales, el límite máximo se establece en 40 millones de euros.

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