¿Qué novedades introduce el nuevo reglamento?
No muchas. Ahora o antes de este reglamento, dentro de un predio privado, una residencia, empresa o industria ya podía instalar cargadores y cargar dentro del predio.
Se menciona una tarifa especial pero no se menciona cual es. Sigue siendo un reglamento que no dice mucho. Es para ejecutar en el 2021, es decir, en el nuevo Gobierno (Perú tendrá elecciones presidenciales en abril y cambio de mando en julio 2021). Y no se sabe que hará el siguiente gobierno tampoco
¿Qué aspectos positivos quedan regulados respecto de la infraestructura de carga para vehículos eléctricos?
Es que no menciona nada nuevo. Y el hecho de derivar la posibilidad de usar cargadores en grifos de gas natural vehicular y de gas licuado de petróleo parece un poco aberrante, y hasta peligroso.
¿Por qué?
Los grifos normalmente son pequeños y las normas mundiales exigen una distancia mínima entre surtidores de gas y cargadores de vehículos eléctricos.
Aparte, en donde hayan uno, dos o tres cargadores, y el taxista o usuario se enchufe aproximadamente entre 30-45 minutos (en promedio si el cargador es de 50kw) para una carga de conveniencia (no necesariamente al 100% de batería), se generarían largas colas como en la época cuando no habían suficientes grifos de gas en Lima para abastecer los ahora 250 mil taxis.
¿Y que aspectos queda por regular?
Queda todo por definir. ¿Que tarifas se usarán para vehículos eléctricos? ¿Cual/es serán los elementos de incentivo y promoción? Queda en vacío legal los cargadores públicos o en vías públicas. ¿Cual es el reglamento para este caso? ¿Por que el próximo año y por qué no ahora mismo?
No hay una hoja de ruta nacional de introducción de vehículos eléctricos a nivel nacional. No existe una coordinación entre el MINEM y la Municipalidad de Lima para compartir información técnica de cara al desarrollo de ordenanzas para habilitación y regulación de instalación y mantenimiento de cargadores eléctricos en vías públicas y sitios públicos, como los mismos parqueos municipales.
La venta de energía eléctrica podría ser un negocio adicional para los Municipios a nivel nacional.
¿No da señales sobre tarifas?
No hay nada de esto. No hay un plan tarifario pensado en vehículos eléctricos. Nos piden adaptarnos a tarifas residenciales o industriales.
¿Y qué normativas hacen falta para acelerar el desarrollo de la movilidad eléctrica en Perú?
El reglamento nos pide justificar (utilizando la energía) doce meses de consumo de 200kw de potencia o más por día, para recién después de 1 año poder solicitar pasar a cliente libre. Esto, pudiendo recién negociar la tarifa de generación solamente, pagando aún por energía, energía reactiva, potencia de distribución, potencia de generación, cargos por punta (entre 6pm y 11pm).
Es decir, el usuario de auto está acostumbrado a pagar soles por galón, y en un carro eléctrico tendría que aprender de la regulación de electricidad y de teoría técnica eléctrica para poder determinar finalmente cuanto paga de soles por kwh.
En Florida, Estados Unidos, se paga por dos conceptos: energía fuera de punta y energía punta.
¿Hay experiencia en la región?
En Ecuador se paga una tarifa flat de $0.06/kwh dentro de una estrategia nacional de electromovilidad. Ecuador también tiene sobreoferta de generación de energía y están usando la electromovilidad como una de las estrategias para poder subir la demanda de energía.
No entiendo porque aquí es tan difícil de hacer si tenemos aproximadamente 6GW de sobreoferta de potencia y no se usa lo que se genera.
Perú reglamenta infraestructura de carga para vehículos eléctricos