Si bien el parque vehicular eléctrico en Ecuador aún es incipiente, las metas impuestas por normativas nacionales obligan a las autoridades del país a tomar cartas en el asunto, en especial, en lo que respecta a un marco regulatorio del transporte.
En ese sentido, destaca la Ley de Eficiencia Energética, la cual entre otros puntos establece que para el 2025 todos los vehículos que se incorporen al servicio de transporte público urbano e interparroquial deberán ser únicamente eléctricos. Teniendo en cuenta este “deadline”, ya se está trabajando en una homologación de unidades eléctricas.
En esta línea, Esteban Albornoz, presidente de la Asociación Ecuatoriana de Movilidad Eléctrica y Sostenible, durante el Especial de Movilidad Eléctrica en Latinoamérica y Caribe organizado por Portal Movilidad había adelantado que el Instituto Nacional de Normalización se encuentra trabajando en una normalización de estos vehículos.
Pero, ¿qué sucede mientras tanto con los existentes en el país?
“Actualmente existen vehículos eléctricos homologados de 12 metros, como sucede con los modelos de BYD”, afirma Antonio Chamorro, especialista en movilidad eléctrica en la Secretaría de Movilidad del Municipio de Quito, en diálogo con Portal Movilidad.
Y agrega: “Al no existir un reglamento, la Agencia Nacional de Tránsito, encargada de estas cuestiones, en los casos de vehículos eléctricos realiza las verificaciones en base a la normativa vigente para los vehículos de combustión”.
Sin embargo, dadas las diferencias obvias entre ambos tipos de movilidad, no hay precisión en dicha homologación teniendo en cuenta que no se contempla la autonomía, el tipo y material de las baterías, el segundo uso de las mismas o las garantías extendidas del proveedor.
En esa misma línea, Chamorro explica que lo mismo se aplica en el caso de los buses eléctricos.
“No es solo cuestión de traer un bus porque primero se tiene que diagramar cómo se va a operar, desde qué ruta lo hará, la pendiente que va a tener, la autonomía que le voy a exigir, el tipo de carga que va a tener y si esta es nocturna, por turnos o rápida. Todo eso tiene que abarcar la nueva reglamentación”, advierte.
En cuanto a los tiempos y la urgencia con la que se requiere este tipo de marco regulatorio, Chamorro explica que “aún no han llamado a comité técnico, pero al ser parte de la política nacional y al tener en cuatro años la entrada en vigencia de la obligatoriedad del transporte público eléctrico según la Ley de Eficiencia Energética ya deberían haber empezado a trabajar en la normativa”.
Por último, sobre los objetivos de esta ley, comenta: “Son ambiciosos, pero se hicieron compromisos. La ciudad de Quito, por ejemplo, firmó el acuerdo de París. Sin embargo, sí son metas complicadas de llevar adelante tanto por el contexto político como financiero”.