Colombia | Infraestructura de Carga
miércoles 19 de abril de 2023
Energía reactiva capacitiva: un problema de carga presente en tarifas y que Colombia penaliza
Por desconocimiento, errores en el diseño o elección equivocada de cargadores aparecieron casos de patios de carga para vehículos eléctricos que estaban inyectando a la red energía reactiva capacitiva. ¿Qué consecuencias conlleva?
Patios de carga para buses eléctricos, espacios donde se detectaron casos de inyección a la red de energía reactiva capacitiva.
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La energía reactiva capacitiva sucede cuando sobra más reactiva de la necesaria. Este fenómeno no queda exento de ocurrir en instalaciones dedicadas a la carga de vehículos eléctricos.

“Como venimos del mundo de la calidad de la energía y de la eficiencia energética nos hemos encontrado que algunos de los cargadores pueden generar consumos o una inyección de energía reactiva capacitiva a la red. Eso en Colombia está penalizado”, comenta a Portal Movilidad Rafael Roa, subgerente de V2R Energía Óptima SAS.

El marco legal de este argumento es la Resolución 015 de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG).

“La penalidad tiene un factor multiplicador mes tras mes. Si no se corrige, la cuenta se vuelve grande y se acaba pagando más por energía reactiva capacitiva que por la misma activa”, agrega Roa.

La empresa se encontró con estos casos en, por ejemplo, un patio para recarga de buses eléctricos de Bogotá con 150 o 180 cargadores de 150 kW. Ante ello, V2R está cerrando un negocio para ofrecer la solución a este inconveniente con un actor de este tipo.

¿De qué se trata la solución?

El problema se resuelve con generadores estáticos de reactiva.

Rafael Roa explica: “Hacemos proyectos para llevar ese factor de potencia al punto óptimo donde no quede penalizado: ni consuman reactiva inductiva de la red ni generen reactiva capacitiva que se inyecte”.

La empresa observa que es una arista de trabajo interesante, ya que en la mayoría de los proyectos trabajados hasta el momento no lo han tenido en cuenta y es cuando empiezan a llegar las cuentas de energía que el problema sale a la luz.

¿A qué se debe el fenómeno?

Roa comenta a Portal Movilidad dos experiencias: “Según lo que vimos en dos parques de Transmilenio en Bogotá, uno tenía clarísimo el tema. Cuando seleccionaron los cargadores que iban a montar, buscaron unos que el factor de potencia no les quedara capacitivo y exigieron al proyecto que se construyera con esos cargadores”.

“En cambio, vimos otro donde se buscó optimizar el rendimiento del capital y se eligió el cargador más barato, sin tener en cuenta el problema de la reactiva”, comparte el subgerente.

De esta manera, las causas se encuadran en desconocimiento inicial y en el argumento de ser industria nueva en Colombia.

“Los patios que se empiezan a construir, de ahora en adelante, ya lo van a tener en cuenta: o diseñan de una vez con la compensación de reactiva o diseñan con equipos que garanticen que no van a inyectar”, sostiene Roa.

Este escenario también puede estar relacionado a que el modelo, que se utiliza en otras partes del mundo, aplicado en Colombia puede tener ese tropiezo porque, por ejemplo, hay países en Europa que no penalizan esta cuestión.

¿Es más barato comprar un cargador y un generador antes que un cargador que no genere este inconveniente?

A esta pregunta, Roa responde: “Puede ser similar pero al agregar equipos a un sistema se lo complica. La teoría de la ingeniería es que hay que tener la solución más sencilla desde el principio”.

La regulación de la energía reactiva capacitiva

La web de la Centrales Eléctricas del Norte de Santander (CENS) explica en su portal: “La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) busca mejorar la eficiencia y la prestación del servicio de distribución de energía eléctrica en Colombia, por lo cual estableció la resolución CREG 015 de 2018, en la cual, entre otras disposiciones indicó la forma en que se debe calcular el valor a cobrar por penalización de energía reactiva”.

La fórmula para la penalización de energía reactiva se encuentra establecida en el capítulo 12 de la resolución CREG 015 de 2018, la resolución CREG 199 de 2019 y la resolución CREG 195 de 2020.

En estas normas, se divide a los clientes que generan energía reactiva en dos grupos: aquellos que generan energía reactiva en diez días o menos de durante el mes y quienes generan energía reactiva en más de 10 días.

 

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