El proyecto de ley N° 162 que incentiva la movilidad eléctrica en el transporte terrestre ahora aguarda el apoyo – o el veto – del presidente Laurentino Cortizo.
El documento fue presentado en la Asamblea el 16 de septiembre del 2019, la primera subcomisión lo abordó el 29 de enero del 2020 y el informe se aprueba el 5 de mayo del 2021.
El 12 de agosto se aprobó en primer debate por la Comisión de Comunicación y Transporte, y los últimos días de octubre del 2021 también pasó por segundo y tercer debate del pleno.
A finales de año, fue vetada parcialmente para poder incluir la comercialización de la energía. Y tras acuerdos políticos finalmente en los primeros dos meses del 2022 pasó por las tres instancias en la Asamblea Nacional hasta llegar a su situación actual.
El diputado independiente Edison Broce es su autor. Su carrera comenzó en su etapa estudiantil en las aulas de la universidad haciendo “política de causas” que implica enfocarse en un propósito u objetivo con resultados tangibles. Desde ese momento porta la bandera de la cultura ecológica.
“Hacer cambios en el transporte sería un esfuerzo de país palpable”, sostiene durante si participación en el ciclo de entrevistas Personalidades de Portal Movilidad.
En tanto, afirma: “Ha sido una carrera de mucha paciencia, la ley contempla todo lo necesario como marco para el desarrollo de inversiones. Incluso los vetos fortalecieron puntos importantes del documento”.
Según comenta el diputado, crear el ecosistema de la movilidad eléctrica “fue lo más difícil” al igual que lidiar con todas las perspectivas, opiniones encontradas e incluso los límites de la regulación de la ley.
También fue cuestionada por ser una medida que ingresó en la Asamblea Nacional dado que algunos actores sugerían que sea impulsada por el Ejecutivo.
“El Ejecutivo fue clave a la hora de llegar a acuerdos para lograr una visión común”, indica Broce y agrega: “No obstante, hubo varios intentos para que la ley quede archivada. La clave fue la mesa multisectorial y escucharlos a todos”.
Uno de los ejes principales de este proyecto de ley, además de la habilitación para comercializar energía, son los incentivos fiscales.
Esto se ve reflejado en el artículo 21: “Vehículos automotores terrestres eléctricos en la partida arancelaria 87.03: 0 % hasta el 31 de diciembre de 2030 y 5 % a partir del 1 de enero del 2031, y para los vehículos automotores terrestres híbridos en la partida arancelaria 87.03: 10 %.”.
Es por eso que el diputado opina: “Las intervenciones estatales tienen que tener una justificación desde el punto de vista económico. Alcanzamos el equilibrio”.
“Mi aspiración es que el mercado por sí solo pueda apalancar la movilidad eléctrica, en todo caso avanzar con asociaciones público privadas en municipios o áreas específicas”, apunta.