Todos los coches deben pasar la primera Inspección Técnica de Vehículos (ITV) a los cuatro años de haber sido matriculados. Así lo recuerda la Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos (AECA-ITV) ante la popularización de las distintas tecnologías disponibles actualmente en el mercado.
Tanto los coches eléctricos, como los híbridos, enchufables o no, e híbridos de gas, que contabilizaron 25.213 matriculaciones en septiembre, deben superarla a los cuatro años, mientras que, desde entonces, la inspección será bienal hasta cumplir los 10 años, pasando a ser anual a partir de la década.
Tampoco cambian las pruebas a superar para conseguir pasar la ITV, afectando la mayoría al chasis, a los frenos y las suspensiones; a los neumáticos y a las luces.
En el caso de los eléctricos se eliminará la prueba de emisiones, aunque los híbridos no se la ahorrarán en ningún caso, teniendo que recurrir a los protocolos del fabricante si es necesario para que el coche funcione con el motor de combustión al ralentí, porque la mayoría lo hacen con el motor eléctrico.
AECA-ITV sí admite que habrá cambios en el precio, siendo más económicas las inspecciones a coches eléctricos. Aun así, y teniendo en cuenta que los precios los fija cada comunidad autónoma, la asociación reconoce que la diferencia entre los de combustión y los eléctricos puede ser “mínima” en algunos casos.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) incluyó el pasado 13 de abril un nuevo Real Decreto 265/2021 que se aplicará a partir de 2022 con el que modifica el Reglamento General de Vehículos y que incluye una serie de novedades sobre los vehículos al final de su vida útil. Todas ellas se recogen en una carta que la DGT enviará a miles de conductores a lo largo de 2021, según informó La Nueva España.
Entre estas clausulas destaca aquella que pretende acabar con los ‘coches zombie’, es decir, aquellos que están dados de baja de forma temporal, con lo que no pagan impuestos ni seguros, pero que en realidad siguen circulando.
La modificación, que se pondrán en marcha en 2022, establece que si pasado un año el usuario no solicita la prórroga de la baja, el coche pasará automáticamente a estar de nuevo en situación activa, debiendo de pagar de nuevo todos los impuestos y seguros pertinentes. Las prórrogas se podrán tramitar en la Jefatura de Tráfico como máximo dos meses antes de la fecha de finalización de dicha baja.
Hasta la fecha no había ningún límite de tiempo para las bajas temporales de los coches, por lo que se había multiplicado el número de vehículos que se encontraban en ese limbo legal que les permitía circular exentos de pagos.