Paraguay | Infraestructura de Carga
viernes 02 de junio de 2023
ANDE modifica reglamento que “colisiona” con ley de electromovilidad ¿Cuáles son los beneficios?
La ANDE realizó cambios en el reglamento que establece consideraciones para instalaciones eléctricas de baja tensión para atender el suministro a centros de recarga. Todo esto, con el fin de promover la electromovilidad.
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Los organismos estatales se vieron obligadas a realizar cambios en el reglamento en pos de beneficiar a la electromovilidad.
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La Administración Nacional de Electricidad (ANDE) modificó el reglamento 146 del año 1971, el cual establece aspectos a considerar para instalaciones eléctricas de baja tensión para atender el suministro a centros de recarga en las diferentes ciudades del país.

Lo cierto es que, tras la aprobación de la Ley N°6.925/22 “De incentivos y promoción del transporte eléctrico en el Paraguay”, los organismos estatales se vieron obligadas a realizar cambios en la regulación en pos de beneficiar a la electromovilidad.

“La ANDE informó al Consejo Estratégico de Movilidad Eléctrica (CEME) la necesidad de la reforma y solicitó respaldo para proceder. El CEME estuvo de acuerdo porque esto permitirá establecer incentivos especiales para la electromovilidad”, declara Francisco Ruiz Díaz, viceministro de Industria y Comercio de Paraguay.

Y comenta en diálogo con Portal Movilidad que “es una modificación muy importante”.

Vale mencionar que la solicitud la realizó una compañía privada a la empresa de transmisión y distribución de energía.

“Organizamos una reunión donde la ANDE explicó que se trataba de una regulación antigua y que necesitaba el visto bueno del CEME para avanzar”, indica Ruiz Díaz.

La razón por la cual se aplicaron los cambios tiene que ver con que algunos aspectos estipulados en la Ley N°6.925/22 “colisionaban” con el reglamento 146.

Sucede que en la ley de electromovilidad se le mandata al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) que asegure que en ciudades con más de 60.000 habitantes existan, como mínimo, dos estaciones de carga rápida en condiciones de funcionales.

Además, debe realizarlo a través de aquellos centros que operan por parte del sector privado.

Al mismo tiempo, le exige al MOPC que trabaje con la Municipalidad de Asunción para que en la capital existan, como mínimo, 20 estaciones de carga rápida en condiciones funcionales.

“La normativa establece que el hecho de que no haya vehículos eléctricos en circulación no es excusa para no cumplir con estos parámetros”, sostiene el viceministro.

Y lamenta: “Pero todo esto colisionaba con el reglamento porque se trataba de una regulación para instalaciones de baja tensión. Establecía parámetros totalmente desfasados para poder colocar los centros de recarga”.

En este sentido, mediante la resolución 47.762 del 26 de abril del 2033, la ANDE la modificó estableciendo cambios para las instalaciones eléctricas y definiendo determinadas excepciones para colocar estaciones de carga con tensión media (que antes estaba restringida).

De hecho, en el artículo segundo, se indica que los suministros de media tensión para centros de recarga, según la definición de la ley 6.925, serán incluidos en el Grupo de Consumo “Otros”.

Al respecto, Ruiz Díaz declara:

“Significa que la ANDE no comercializa potencia, sino que cobra por energía en la carga. Si vendería potencia, dado que no hay muchos vehículos eléctricos, los centros que se instalen no tendrían rentabilidad porque deberían abonar por una potencia que finalmente no utilizarán”.

Y aclara: “Ahora, se les da la posibilidad de incluirlo en un pliego tarifario de ´otros´ a los efectos de que las empresas, principalmente las estaciones de servicio que coloquen cargadores, puedan pagar por lo que finalmente cargan las personas y no por la reserva de potencia”.

En síntesis, a partir de los cambios en el reglamento, se establecieron dos incentivos para la movilidad eléctrica:

“Por un lado, se flexibilizaron los parámetros que anteriormente exigían que exista una determinada cantidad de población para colocar un punto de bajar y media tensión”, comenta el viceministro.

“Por el otro, permite modificar el pliego tarifario para pasar el costo a ´otros consumos´, de tal manera que no sea tan caro instalar centros de recarga en este momento”, agrega.

LEER MÁS: Ruiz Díaz: “Buscaremos sustituir el 100% de buses por eléctricos en Paraguay”

ANDE instalará 30 cargadores ultrarrápidos

El presidente de la ANDE, Félix Eladio Sosa Giménez, anunció que la empresa colocará 30 cargadores ultrarrápidos de 150 kilowatts de potencia para alimentar a dos vehículos eléctricos en simultáneo en tan solo 15 minutos.

Actualmente, se encuentran realizando estudios junto con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para determinar en qué puntos estratégicos serán ubicados.

ANDE Modificación Reglamento para Instalaciones Eléctricas

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