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lunes 22 de agosto de 2022
57.000 menores de edad tienen carnet: qué vehículos y ciclomotores pueden conducir
Para conducir en España no es necesario ser mayor de edad. Eso sí, los menores no pueden conducir un turismo. Sí, otra clase de vehículos.
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Según datos de la Dirección General de tráfico (DGT), hay actualmente 57.000 conductores menores de edad en nuestro país que poseen una de las cuatro autorizaciones administrativas, dos permisos y dos licencias, que les permiten conducir antes de cumplir los 18 años.

Hace unas semanas, Tráfico anunció su intención de crear un nuevo permiso de conducir.

 El nuevo carnet de conducir B1 va a dar acceso a los jóvenes de 16 años a conducir un coche eléctrico.

«De acuerdo con lo previsto en la directiva europea regularemos un nuevo carnet de conducir B1 a partir de los 16 años para vehículos eléctricos con velocidad máxima de 90 km /h y peso máximo de 400 kilogramos», señalaba el ministro del Interior Fernando Grande-Marlaska.

El objetivo es impulsar medios de transporte menos contaminantes (la mayoría de estos vehículos son eléctricos), especialmente entre los jóvenes que viven en zonas rurales.

Este carnet ya está implantado en algunos países europeos como Francia, Italia, Portugal o Reino Unido, «con muy buenos resultados» por lo que España se sumaría a esta estrategia que permitiría un acceso “más racional y escalonado a la conducción de automóviles», ha asegurado.

Con el carnet B1 los jóvenes podrían conducir L7 o cuadriciclos pesados (coches de muy reducidas proporciones con un peso máximo de 550 kg).

La velocidad estaría limitada a 90 km/h y contarían con estructuras de protección antivuelco, algo que no disponen otro tipo de vehículos similares encuadrados en la categoría L6, que tiene prohibida la circulación por autovías o autopistas.

Cuatro vehículos que se pueden conducir siendo menor de edad

Mientras esto llega hay cuatro vehículos que se pueden conducir siendo menor de edad. Para obtener cada una de ellas es necesario pasar el examen correspondiente de aptitudes psicofísicas.

Motocicleta

  • El permiso de la clase A1 es el primer permiso disponible de motos.
  • Para obtener este permiso es necesario pasar dos pruebas teóricas –común y específica de moto–, y dos prácticas: maniobras en circuito cerrado y circulación en tráfico abierto.
  • Autoriza a conducir motocicletas sin sidecar con tres condiciones: cilindrada máxima de 125 cc, potencia máxima de 11 kilovatios (15 CV) y relación potencia/peso no superior de 0,1 kW/kg. También triciclos de motor, ciclomotores, cuadriciclos ligeros y vehículos de movilidad reducida.

Ciclomotor

  • La edad para obtener un permiso comienza a los 15 años, con el AM.
  • Este autoriza a conducir ciclomotores hasta 50 cc, de dos y tres ruedas, y cuadriciclos ligeros, esos pequeños ‘coches’ con motores de gasolina hasta 50 cc, y de otros tipos (también eléctricos).
  • Para obtener el permiso AM es necesario aprobar dos exámenes: un teórico específico y una prueba práctica en pista, con maniobras adecuadas al tipo de ciclomotor (estacionamiento, zig-zag, cambio de sentido…).

Vehículos agrícolas (LVA)

  • Se puede obtener con 16 años
  • La LVA autoriza a conducir vehículos especiales agrícolas autopropulsados y con remolque, cuya velocidad máxima no pase los 45 km/h, o no superen el peso ni las dimensiones establecidos para los vehículos ordinarios.
  • Hay que aprobar dos pruebas, una teórica específica y otra práctica de maniobras en circuito cerrado.

Vehículos para personas con discapacidad (LCM)

  • Esta licencia se puede obtener a partir de los 14 años y autoriza a conducir vehículos para personas con movilidad reducida.
  • Aunque, para transportar pasajeros, su titular deberá tener al menos 16 años.
  • Se deberá superar dos pruebas: una teórica específica de control de conocimientos y otra práctica de control de aptitudes y comportamientos en pista

Ante una infracción de un menor, los padres son los responsables

Todos los conductores de vehículos, sean menores o mayores de edad, están obligados a obedecer las normas de circulación.

En ciclomotor, en bici o en patinete deben cumplir las normas como llevar casco, no conducir bajo los efectos de alcohol o las drogas o respetar la velocidad máxima.

Eso sí, los conductores menores de 18 años que comentan una infracción son los padres o tutores legales los responsables solidarios y por lo tanto los que tendrán que pagar las multas y responder de los daños.

Actualmente, en España hay algo más de 57.000 menores de 18 años con permiso de conducir pero las licencias en cambio apenas alcanzan el 1% de las autorizaciones.

Además, ha descendido el número de conductores menores de edad, en solo 10 años, ha caído más del 60%.

¿Y hasta los 14?

Los niños menores de 14 años tienen prohibido conducir por la vía pública cualquier tipo de vehículo que necesite estar matriculado para circular.

Solo pueden llevar bicicletas, triciclos y cuadriciclos a pedales o eléctricos, patinetes, eléctricos o no, es decir, los considerados sin motor. Y solo podrán circular en vías urbanas y en carreteras convencionales.

Además, los menores de 16 años deberán llevar siempre el casco correctamente abrochado.

Si un menor de 14 años quiere ir de pasajero en una motocicleta, un ciclomotor o una bici (en esta última deberá ir en una silla homologada) es obligatorio que tenga al menos 7 años de edad. 

El conductor deberá ser el padre, la madre, o un tutor autorizado. Si el conductor es otro adulto distinto a los mencionados, el menor solo podrá ser pasajero en una moto, ciclomotor o bici a partir de los 12 años, por supuesto con casco, según informó NIUS.

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