La propuesta de la consultora líder en estrategia y política pública para una movilidad segura, Pons seguridad vial, y la Asociación Empresarial para el Desarrollo e Impulso del Vehículo Eléctrico (AEDIVE), tiene como objetivo incorporar a la normativa española estándares europeos en materia de acceso a la movilidad, donde el permiso B1 ya ha sido adoptado y probado con éxito por algunos de los países de nuestro entorno como Portugal, Italia, Francia y Reino Unido.
Según estimaciones de AEDIVE y PONS Seguridad Vial en base a los datos del INE, este nuevo permiso daría la posibilidad de un primer acceso a la movilidad eléctrica a cerca de 1 millón de personas cada año.
Una de las principales ventajas de la implantación del B1 a corto plazo sería el incremento de la seguridad en los desplazamientos, puesto que este permiso permitiría según PONS Seguridad Vial “un acceso racional y escalonado a la conducción de automóviles, y una alternativa de movilidad más segura a los medios de transporte tradicionales”.
Otra de las ventajas del permiso B1 es que el cuatriciclo L7 comparte elementos de seguridad con los vehículos de categoría M, el vehículo convencional para el transporte de personas. Asimismo, según PONS Seguridad Vial y AEDIVE, estos vehículos presentan un elemento fundamental para la seguridad del que no disponen los cuatriciclos de la categoría L6, como es la disposición de estructuras de protección en caso de vuelco (ROPS).
Por último, hay que destacar que para el período 2020-2024, el Reglamento (UE) 2019/631 confirma los objetivos de emisiones de CO2 del parque de vehículos de la Unión para los coches en 95 g de CO2/km.
La mayoría de los cuatriciclos pesados (L7) son eléctricos, por lo que cumplen los estándares de emisiones europeos y la implantación del permiso B1 sería la mejor alternativa para cumplir los objetivos del Acuerdo de Paris con el objetivo de mitigar el cambio climático.
En opinión de Ramón Ledesma, asesor de PONS Seguridad Vial, “las Directivas Europeas dibujan una tipología de vehículos y permisos de conducción para el ámbito urbano que, como ya han hecho otros países, cada vez tienen más sentido implementar.
El permiso B1 habilita la conducción de vehículos de reducido tamaño, eléctricos, que precisan de escasa energía para moverse y con una velocidad limitada a 90 km/h. Si bien lo ideal sería que el movimiento urbano se desarrolle fundamentalmente en transporte público y bicicleta, lo cierto es que en el caso de que haya que utilizar vehículos privados éstos deben ser responsables y sostenibles. Hasta tal punto está evolucionando la ciudad que o son así o no serán.
La introducción del permiso B1, limitado a estos vehículos, genera un cambio cultural en el uso urbano del vehículo mucho más razonable y adaptado a los nuevos tiempos”.
Para el director general de AEDIVE, Arturo Pérez de Lucia, el permiso de conducir B1 ofrecería ventajas importantes para la movilidad eléctrica en España “en cuanto a la concienciación, por llegar a un público joven que el día de mañana formará parte del tráfico y habrá podido superar las barreras del desconocimiento actuales en torno al vehículo eléctrico, haciendo de éste un público sensibilizado con una conducción eficiente y segura.
Asimismo, permitirá que se desarrollen modelos de negocio basados en la movilidad eléctrica compartida que ofrezcan vehículos más seguros y confortables a un público joven que actualmente solo puede acceder al carné de motos A1, y por último favorecerá el desarrollo industrial basado en esta tipología de vehículos por parte de empresas españolas que buscan desarrollar factorías para producirlos en nuestro país, mejorando la competitividad y el empleo en el sector de la automoción”.
¿Qué es el permiso B1?
Es una categoría de permiso de conducción ya introducida por la Directiva 2006/126/CE sobre el permiso de conducción.
Este permiso permite conducir los cuatriciclos definidos en el artículo 1.3.b) de la Directiva 2002/24/CE relativa a la homologación de los vehículos de dos o tres ruedas. Esto es, cuatriciclos cuya masa en vacío sea inferior o igual a 400 kg o 550 kg, en caso de tratarse de vehículos destinados al transporte de mercancías, no incluida la masa de las baterías para los vehículos eléctricos, y con un motor cuya potencia máxima sea inferior o igual a 15 kW.
La edad mínima establecida para obtener el permiso B1 es de 16 años.
En lo relativo a la formación necesaria para su obtención, la Directiva no distingue entre la formación teórica del B y del B1 y deja al criterio de cada país el contenido del examen.
Desde PONS Seguridad Vial y AEDIVE consideramos que la formación teórica debe ser equivalente en el caso del permiso B1 o del B, mientras que para el examen práctico sí que es necesario realizar pruebas diferenciadas dado que los requisitos para hacer el examen práctico son diferentes en ambos casos.