Durante la Cumbre de Infraestructura de Recarga del Vehículo Eléctrico organizada por Grupo Portal Movilidad uno de los ejes del debate fue la demora en la instalación en los puntos de recarga rápida.
Esta es de entre 24 a 32 meses, por lo que los diferentes actores del sector de la electromovilidad aportaron formas para agilizar la demora. Jorge Muñoz Riesco, Head of Electric Mobility Public Charging en Iberdrola, dejó su postura sentada al mencionar el silencio administrativo.
“El silencio administrativo positivo sería una medida positiva. Si no se ha respondido a la solicitud en tres meses, voy para adelante y auditas”, comenta.
¿De qué se trata esta medida? En el Diccionario del Español Jurídico el silencio administrativo es la estimación o desestimación tácita que la ley anuda al silencio de la Administración respecto de la petición de un ciudadano, una vez transcurrido el plazo legalmente establecido.
Se regula en el artículo 24 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A tenor del artículo 21.1 de la Ley 39/2015, se dice que la Administración «está obligada a dictar resolución expresa y a notificarla en todos los procedimientos cualquiera que sea su forma de iniciación».
La propuesta de Muñoz aclara que luego de este período se deberá auditar lo realizado y “si se deben cambiar las cosas, se cambian”.
“Así hubiera que cerrarlo, creo que todos estaríamos dispuestos a cerrarlos algo si lo habríamos hecho mal, pero no lo paremos durante tres años”, explica el Head of Electric Mobility Public Charging.
La ausencia de respuesta por parte de la Administración Pública será sinónimo de permisión acerca de aquello que se le había propuesto.
Por lo tanto, en los supuestos de silencio administrativo positivo, la falta de respuesta por parte de la Administración debe ser entendida por el ciudadano como una aceptación de su petición o solicitud.
Ejemplo de silencio administrativo
Un caso en el que se aplica este tipo de instrumento legal es en trámites de extranjería. Si pasados tres meses de solicitarlos no se recibe una respuesta, quedarán automáticamente aprobados por silencio administrativo positivo:
- Prórroga de una autorización de residencia
- La solicitud de la tarjeta de residencia como familiar de comunitario (tanto la temporal como la permanente)
- Residencia para prácticas profesionales
- Permiso de residencia para la búsqueda de empleo
- Residencia de larga duración y larga duración UE
- Renovación de cualquier autorización de residencia y/o trabajo en España
Si el período de espera expira y se aplica el silencio positivo. ¿Qué se debe hacer? En estos casos, realizar un escrito de solicitud de la resolución por silencio, que tendrá el objetivo de presionar a la administración para que emita finalmente la resolución oficial.
Legalmente es posible seguir con el proceso para exigir una respuesta. ¿De qué manera?
Si durante los siguientes 15 días tras este escrito el órgano competente no emite la resolución expresa acreditando el silencio, es necesario aportar un segundo documento escrito, esta vez pidiendo la ejecución de un acto firme.
Si tras el paso de un mes tampoco se recibe una respuesta, en ese casos se recurre a la interposición de un recurso contencioso administrativa (que puede tardar hasta un año en resolver), recurriendo al juzgado para que éste inste a la oficina de extranjería a la emisión de una resolución definitiva.