Perú | Vehículos Eléctricos
lunes 02 de enero de 2023
Perú oficializa ley de régimen temporal de depreciación de vehículos eléctricos
La norma entrará en vigencia el 1 de enero del 2023 y tiene como finalidad promover la inversión privada y otorgar mayor liquidez en la actual coyuntura económica.
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El Poder Ejecutivo oficializó este jueves 29 de diciembre la Ley Nº 31652, que establece, de manera excepcional y temporal, regímenes especiales de depreciación para que los contribuyentes del régimen general del impuesto a la renta y del régimen MYPE tributario puedan depreciar aceleradamente determinados bienes, con la finalidad de promover la inversión privada y otorgar mayor liquidez en la actual coyuntura económica.

La norma forma parte del plan Impulso Perú del MEF y entrará en vigencia este domingo 1 de enero del 2023.

Establece regímenes temporales de depreciación para la inversión realizada en el 2023 y 2024 para los edificios y construcciones, y vehículos eléctricos de la siguiente manera:

  • Los vehículos de transporte terrestre (excepto ferrocarriles) híbridos (con motor de émbolo y motor eléctrico) o eléctricos (con motor eléctrico), adquiridos en los ejercicios 2023 y 2024, afectados a la producción de rentas gravadas, se podrán depreciar aplicando sobre su valor el porcentaje anual de depreciación con un máximo de 50%, hasta su total depreciación.
  • Los edificios y las construcciones se podrán depreciar, para efecto del impuesto a la renta, aplicando sobre su valor un porcentaje anual de depreciación con un máximo de 33,33 % hasta su total depreciación, siempre que los bienes sean destinados exclusivamente al desarrollo empresarial. Ello siempre que hayan iniciado su construcción a partir del 1 de enero de 2023 o que hasta el 31 de diciembre de 2024 la construcción tenga un avance de obra de por lo menos el ochenta por ciento (80%).

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