El Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica del vehículo eléctrico y conectado (PERTE VEC) tuvo varios cambios fundamentales en lo que corresponde a su convocatoria.
En primer lugar fue el plazo de cierre, que iba a ser el 3 de mayo y pasó a ser el 17 de mayo. Así lo publicó el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (MINCOTUR), con la justificación de que “son proyectos complejos que necesitan de una elaboración pormenorizada”.
Otro de los cambios se produce en el punto 16.5 en el apartado J de la orden de bases en cuanto a cómo calcular el beneficio a las pymes.
La normativa requiere para cada proyecto tractor que un mínimo del 30% de la ayuda total concedida deberá beneficiar a pymes. Según esta modificación este beneficio a las pymes se calcula teniendo en cuenta otro factor.
Se tendrá en cuenta la ayuda que beneficie a pymes que no formen parte de la agrupación y sean contratadas por las grandes empresas que sí que forman parte.
Si ese 30% no estuviese cumplido se realizará un reintegro por parte de la ayuda de las grandes empresas hasta que este porcentaje fuese cumplido con el total de la ayuda concedida de ese proyecto tractor.
Una consulta frecuente, según explica el mismo MINCOTUR es qué sucede si una empresa cambia de tamaño desde la solicitud a la justificación, cómo afecta el
conjunto del 30%.
“Realmente no afecta porque la ayuda conseguida a una pyme que forma parte de la agrupación se mantiene según lo que establece la resolución de concesión independientemente de en qué fase está esa pyme”, comenta el Ministerio.
Otra modificación trascendental es la ICT 359 que incluye la posibilidad de que cuando sean empresas que en el momento de la solicitud no hubieran depositado sus cuentas anuales del último ejercicio cerrado en el 2021, en el registro correspondiente el límite se referirá al ejercicio inmediatamente anterior, el de 2020.
Un importante cambio es en el caso de empresas de reciente creación, surgidas en el 2021 o 2022, que aún no dispusieron de cuentas anuales.
A estas se le permite que el límite del préstamo a conceder esté referido al importe de los fondos propios a fecha de presentación de la solicitud.
El préstamo que se puede conceder a empresas de nueva creación será como máximo de cinco veces los fondos propios a fecha de presentación de solicitud.
La orden ICT 359-2022, que es la que introduce las últimas modificaciones,
añade dos nuevas declaraciones responsables que deben ser remitidas
con la solicitud.
Por lo tanto, en las declaraciones de responsables por participantes se deberá adjuntar dos modelos de declaraciones. El modelo uno y un bis, estas se adjuntan en el aplicativo de solicitud en el mismo apartado.
Esto se hizo con el objetivo de que el que ya presentó pueda mantener la declaración y solo adjuntar la nueva.
Otra de las modificaciones introducidas en la orden es el procedimiento
para la validación del cumplimiento del principio del DNHS..
En el esquema anterior se exigía que al momento de la presentación de la solicitud las empresas aportarán un contrato con una entidad acreditada con DNHS.
Igualmente las empresas deben presentar la última memoria de autoevaluación de cumplimiento del principio.
Lo importante es que se elimina el requisito de presentar el contrato con la entidad acreditado solo que está ahora en proceso de acreditación.
El MINCOTUR explica que actualmente hay al menos ocho empresas que están en esta fase y que ya hay algunas empresas acreditadas.
Con el último cambio, el proyecto deberá cumplir con requisito DNHS en la fase de la resolución provisional. Con lo cual habrá más tiempo para la formalización de las agrupaciones de los contratos con estas empresas certificadoras y la emisión de ese documento.