Héctor Gómez, ministro de Industria anunciaba el martes 27 de junio que el PERTE VEC sería lanzado antes del viernes pasado, pero claramente esto no sucedió.
Los medios se habían inundado de la noticia más esperada y además, que debe salir antes de las elecciones para que los tiempos para presentarse sean coherentes.
En principio la idea que tuvo el Gobierno de Pedro Sánchez era hacer el llamado a convocatoria la primera quincena de julio, para la línea de baterías.
Pero la noticia del martes pasado sorprendió al sector con tintes de positividad, ya que se adelantaba y había más tiempo para presentarse.
Los tiempos de la Unión Europea también corren al PERTE VEC, ya que solo hay tiempo hasta septiembre para cerrar este trámite.
Lo que sucedió la semana anterior era que la Comisión Europea aprobaba la exención por categorías del plan referido al vehículo eléctrico y todo podía lanzarse en conjunto.
Gómez, hizo el anuncio en el marco del X Encuentro de Sernauto bajo el lema “Horizonte 2030”.
Esta segunda convocatoria está incluida el primer bloque, destinado a baterías, con 850 millones de euros y el segundo bloque, relativo a la cadena de valor del vehículo eléctrico y conectado, con una dotación que “trasladarán en los próximos días”.
Asimismo, también ha recordado la nueva convocatoria del Perte VEC III, que incluirá 1.200 millones en préstamos y 250 millones de euros en subvenciones.
Así, también ha comentado un impulso para la implantación de puntos de recarga. “Estamos trabajando con la vicepresidenta tercera y próximamente daremos más datos”, ha señalado.
Lo que se sabe del PERTE VEC
Aunque no todo está totalmente definido porque no ha salido la convocatoria en el Boletín Oficial, hay varias definiciones que ha brindado el ministerio sobre el PERTE VEC.
En primer lugar el plazo de presentación en el que se puedan presentar solicitudes está previsto que se puedan realizar por concurrencia simple durante un período aproximado de dos meses.
Igualmente será eso posible en el único caso que no se extienda más allá del 15 de septiembre.
En segundo lugar: la intensidad de las ayudas.
Para proyectos de producción de baterías destinadas al vehículo eléctrico, la intensidad de ayuda no podrá superar el 15% de los costes subvencionables y el importe total de la ayuda no podrá superar los 150.000.000 euros por empresa.
En zonas “C” la intensidad de ayuda podrá incrementarse al 20%, el importe total de la ayuda hasta los 200.000.000 euros, de los que la subvención podrá llegar a los 180.000.000 euros.
En zonas “A”, la intensidad de ayuda podrá incrementarse al 35% el importe total de la ayuda podrá incrementarse hasta los 300.000.000 euros, de los cuales la subvención podrá llegar a los 200.000.000 euros.
Para cada proyecto y entidad beneficiaria, la financiación total a conceder, préstamo nominal más subvención, será como máximo del 80% sobre el presupuesto financiable, salvo para la línea de ayudas regionales a la inversión que será del 75%
Habrá ayuda mínima en forma de préstamo en algunos tipos de proyecto del PERTE VEC.
El importe de la subvención máxima a conceder por proyecto y entidad beneficiaria estará acotado para garantizar que los planes de inversión en esta sección cumplen con el compromiso de contribución a los objetivos climáticos.
Las intensidades brutas máximas por proyecto y entidad beneficiaria serán las indicadas en la tabla, y podrán incrementarse en función de la zona en la que se ubican y del tipo de proyecto.
Cumplimiento del principio DNSH
El Principio DNSH (Do No Significant Harm) es una condición definida por la Comisión que obliga a realizar una autoevaluación que asegure que la inversión o reforma no afecta negativamente a uno, o varios, de los seis objetivos medioambientales.
Para garantizar el cumplimiento del principio DNSH, es necesario que cada proyecto sea objeto de una evaluación sustantiva de las actividades del proyecto, que determine su cumplimiento por parte de la entidad solicitante.
La memoria de evaluación sustantiva del principio DNSH, según la estructura y contenido que se publicará en la convocatoria, deberá presentarse con la solicitud.
La solicitud deberá ser validada por una entidad independiente acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC).
El dictamen e informe de validación de una entidad acreditada por ENAC, se podrá exigir en la aceptación.
En caso de ser requerido, se exigirá para poder ser beneficiario. Plazo de presentación: 15 días desde la publicación de la Propuesta de Resolución Definitiva.