La semana pasada en una publicación del Diario Oficial de la República de Chile se dio por aprobado el reglamento que establece la interoperabilidad de los sistemas de recarga de vehículos eléctricos.
Las disposiciones del reglamento serán aplicables a los propietarios de infraestructura de carga de vehículos eléctricos, a los operadores de punto de carga y a los proveedores de servicios de electromovilidad y a los demás actores del sistema de recarga de vehículos eléctricos.
Ante esta nueva reglamentación se expresaron las voces de las asociaciones de vehículos eléctricos del país.
Por un lado la Asociación de Vehículos Eléctricos de Chile (AVEC), en vocería de su presidente, Andrés Barentin, expresa:
“Es algo que nos interesa mucho, hemos estado hablando hace bastante tiempo sobre interoperabilidad y creemos que es una buena iniciativa”.
Y agrega sobre el reglamento: “Permite que el usuario empiece a conocer cómo está operando la red, qué cargadores están y cuáles no. Además, este mismo usuario a futuro puede con un solo sistema de validación acceder a toda la red y eso es importante porque reduce la fricción y la estructura de compartimentos que tiene la red de carga”.

Andrés Barentin, Presidente de AVEC.
En diálogo con Portal Movilidad realiza una analogía con el roaming telefónico por el traspaso de vehículos entre países y considera absolutamente necesario reglamentar interoperabilidad en otros países de Latinoamérica.
“Es un modelo que necesariamente tiene que escalar y existir en otros países”, asegura.
El reglamento aprobado por el decreto entrará en vigencia una vez transcurridos 18 meses desde su publicación en el Diario Oficial.
Ante este margen de tiempo Barentin refiere: “El plazo creemos que es adecuado, puede ser corto en algunos aspectos, pero pone el foco en el usuario del vehículo eléctrico”.
Una cuestión no menor que plantea AVEC es entender cómo va se van a conectar las plataformas que existen al sistema que va a disponibilizar la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), conocer los requerimientos para que, de ahí en adelante, cada red de recarga se encargue de los trabajos necesarios para poder integrarse.
“A lo mejor sería bueno haberlo explicado más porque eso va a causar expectación e incertidumbre en el saber qué hay que desarrollar atrás para poder cumplir con lo que pide el reglamento”, sostiene Barentin.
Por su parte, la Agrupación de Movilidad Eléctrica de Chile (AMECH), en vocería de su presidente, Alberto Escobar, coincide: “Para nuestra asociación el tema de la interoperabilidad era algo muy sentido que necesitábamos hace mucho tiempo y que veníamos pidiendo”.

Alberto Escobar, Presidente de AMECH.
El referente menciona en diálogo con Portal Movilidad que había una serie de inconvenientes, muchos de ellos comerciales en el que no se lograban acuerdos entre los distintos proveedores como consecuencia de no existir reglas claras en este sentido.
Sin embargo, sobre el plazo de aplicación entiende: “Los 18 meses de plazo es -para mi gusto- una habitual costumbre en Chile de darnos plazos muy largos para comenzar a operar, adquirir, mejorar o incorporar una norma aunque está dentro de lo habitual”.
“Siempre a uno le gustaría que fuera más rápido pero creemos que es clave la interoperabilidad”, afirma.
Cabe recordar que el reglamento tiene por objeto establecer las disposiciones aplicables en materia de interoperabilidad del sistema de recarga de vehículos eléctricos.
Además de los requerimientos de información y operación que permitan su implementación y funcionamiento y las exigencias para prestar el servicio de carga.